El Sistema Único de Autodeterminación (SUA), herramienta fundamental para el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de seguridad social, ha sido actualizado nuevamente para dar soporte a los cambios derivados de la reforma al Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025.
A partir del 12 de septiembre de 2025 se encuentra disponible la versión 3.6.8
del SUA, que incorpora el nuevo plazo de cumplimiento establecido para la
aplicación de dicha reforma. En particular, se precisa que el bimestre
noviembre-diciembre de 2025 deberá pagarse a más tardar el 17 de enero de 2026, fecha límite que permitirá a los patrones adecuar sus procesos de retención y entero.
Contexto y antecedentes
El SUA es un sistema informático que permite a los patrones calcular y
presentar cuotas obrero-patronales ante el IMSS e INFONAVIT, incluyendo
aportaciones de vivienda, retiro, cesantía y vejez. Su carácter obligatorio ha
hecho que cada versión refleje cambios normativos relevantes.
La reforma al Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT estableció que las amortizaciones de créditos de vivienda no deben suspenderse por ausencias ni incapacidades del trabajador, lo que exige ajustes operativos para asegurar la continuidad de las retenciones. Con la versión 3.6.7 ya se habían incorporado los lineamientos técnicos, y ahora la versión 3.6.8 introduce el calendario específico de cumplimiento.
Contenido de la versión 3.6.8
En esta nueva versión del SUA, los patrones se encontrarán con lo siguiente:
· El SUA reconoce el nuevo plazo oficial: el bimestre noviembre-diciembre
de 2025 se deberá cubrir a más tardar el 17 de enero de 2026.
· Este ajuste otorga a los patrones un margen de adaptación, asegurando
que la aplicación de la reforma se dé de manera ordenada.
· Se mantiene la obligación de retener el monto íntegro conforme al Aviso
de Retención o la Emisión Bimestral Anticipada (EBA), sin importar incidencias
laborales del trabajador.
Recomendaciones
Se sugiere a los patrones:
· Actualizar de inmediato su sistema al SUA 3.6.8 para evitar
inconsistencias en el cálculo y entero de cuotas.
· Considerar en su calendario fiscal el nuevo plazo de pago, especialmente
para la planeación del cierre del ejercicio 2025.
· Revisar la correcta aplicación de retenciones de créditos INFONAVIT en
sus nóminas para cumplir en tiempo y forma.
Conclusión
La versión 3.6.8 del SUA asegura la correcta implementación de la reforma al
Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, ahora con un calendario claro que fija el
17 de enero de 2026 como fecha límite para el pago del bimestre
noviembre-diciembre de 2025. Con esta actualización, se brinda certidumbre a
patrones y trabajadores sobre la continuidad en la retención de créditos de
vivienda y se facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones patronales.